México autorizó el ingreso al país de tropas de 16 ejércitos extranjeros armados, entre ellos los de tres países con los que estuvo en guerra alguna vez, para que participen en los actos conmemorativos del bicentenario del inicio del movimiento de Independencia.
En un decreto publicado el miércoles en el Diario Oficial, el Senado mexicano autorizó al presidente Felipe Calderón que permita el ingreso al país de contingentes militares, incluidos de España, Estados Unidos y Francia, sus antiguos rivales de armas en el siglo XIX.
También participarán delegaciones militares de Alemania, Argentina, Brasil, Canadá, Chile, China, Colombia, El Salvador, Guatemala, Nicaragua, Perú, Rusia y Venezuela.
México volvió a tener una confrontación armada con Estados Unidos en 1914.
Los contingentes participarán en el desfile militar que se realizará el 16 de septiembre, un día después de que México conmemore oficialmente el bicentenario.
En México se realiza tradicionalmente un desfile militar cada 16 de septiembre, aunque sólo participan las fuerzas armadas mexicanas.
La autorización del Senado permite el ingreso de un total de 575 efectivos de todos los ejércitos, que deberán salir del país a más tardar el 20 de septiembre del 2010.
El decreto señala que los ejércitos usarán ``el armamento necesario para participar en los actos conmemorativos''.
El gobierno de México prepara fastuosos actos para el 15 de septiembre, en lo que ha dicho que será la celebración "más grande y espectacular'' de la historia del país.
Los actos incluyen un desfile con 27 carros alegóricos, conciertos con artistas mexicanos y un espectáculo de fuegos artificiales.
El programa está a cargo del australiano Ric Birch, quien fue responsable de las ceremonias de inauguración en las Olimpiadas de Sidney y Barcelona.
La noche del 15 de septiembre el presidente Calderón encabezará la ceremonia para recordar a los héroes nacionales y dar el llamado "grito'', en referencia al llamado a la población que hizo el cura Miguel Hidalgo en 1810 y marcó el inicio formal de la lucha por la independencia de España, lograda en 1821.
DECRETO por el que se concede autorización al Presidente de los Estados Unidos Mexicanos para que permita el ingreso al territorio nacional a los contingentes militares de dieciséis países, para participar en los actos conmemorativos del Bicentenario del inicio de la Independencia y Centenario del inicio de la Revolución.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Presidencia de la República.
FELIPE DE JESÚS CALDERÓN HINOJOSA, Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, a sus habitantes sabed:
Que la Cámara de Senadores del Honorable Congreso de la Unión, se ha servido dirigirme el siguiente
DECRETO
"LA CÁMARA DE SENADORES DEL HONORABLE CONGRESO DE LA UNIÓN, EN EJERCICIO DE LA FACULTAD QUE LE CONCEDE EL ARTÍCULO 76 FRACCIÓN III DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS,
DECRETA:
SE APRUEBA EL DECRETO POR EL QUE EL SENADO DE LA REPÚBLICA AUTORIZA AL PRESIDENTE DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS PARA QUE PERMITA EL INGRESO AL TERRITORIO NACIONAL A LOS CONTINGENTES MILITARES DE DIECISÉIS PAÍSES, PARA PARTICIPAR EN LOS ACTOS CONMEMORATIVOS DEL BICENTENARIO DEL INICIO DE LA INDEPENDENCIA Y CENTENARIO DEL INICIO DE LA REVOLUCIÓN, PARA QUEDAR DE LA SIGUIENTE MANERA:
PRIMERO.- El Senado de la República, con fundamento en lo dispuesto por la fracción III del artículo 76 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, autoriza al Presidente de los Estados Unidos Mexicanos para que permita el ingreso al territorio nacional, a partir del 7 de septiembre del año en curso, de los contingentes militares de Alemania, Argentina, Brasil, Canadá, Chile, China, Colombia, El Salvador, España, Estados Unidos de América, Federación de Rusia, Francia, Guatemala, Nicaragua, Perú y Venezuela, que suman un total de 575 efectivos, con el armamento necesario para participar en los actos conmemorativos del Bicentenario del inicio de la Independencia y Centenario del inicio de la Revolución.
SEGUNDO.- Los contingentes militares a que se refiere el artículo Primero del presente decreto deberán abandonar el territorio nacional a más tardar el 20 de septiembre de 2010.
TERCERO.- Se solicita al Ejecutivo Federal que envíe esta clase de solicitudes con la anticipación requerida por el trámite parlamentario ordinario y para evitar que la autorización empiece a rendir efectos antes de su aprobación y publicación.
TRANSITORIOS
ÚNICO.- El presente Decreto entrará en vigor el día de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
México, D.F., a 7 de septiembre de 2010.- Sen. Francisco Arroyo Vieyra, Vicepresidente.- Sen. Adrián Rivera Pérez, Secretario.- Rúbricas."
En cumplimiento de lo dispuesto por la fracción I del Artículo 89 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y para su debida publicación y observancia, expido el presente Decreto en la Residencia del Poder Ejecutivo Federal, en la Ciudad de México, Distrito Federal, a siete de septiembre de dos mil diez.- Felipe de Jesús Calderón Hinojosa.- Rúbrica.- El Secretario de Gobernación, José Francisco Blake Mora.- Rúbrica.
Este blog se especializa en informar de los eventos que suceden en nuestro municipio, eres bienvenido para informarte y tambien, para colaborar, si asi lo deseas; Además, el sitio tiene broadcast continuo de las operaciones en el Aeropuerto Internacional de Puebla (en Tlaltenango) y area circunvecina.
Suscribirse a:
Enviar comentarios (Atom)
No hay comentarios:
Publicar un comentario